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Alerta CNBV de financieras que no cuentan con autorización para captar recursos del público



Por Pablo Chávez


La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) alertó de entidades financieras que no cuentan con la autorización para captar recursos del público en general.


A través de un comunicado, este organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) puntualizó que las entidades: Yox Holding, S.A. de C.V., Vitas Consulting, S.A.P.I. de C.V., ERA Capitalinver S.A.P.I. de CV, comercialmente conocida como “ERA Capital”, Franquicias Millenniums. de R.L. de C.V. y Consorcio Bainet, S.A. de C.V., con nombre comercial es Smart Business Corp, no cuentan con autorización para captar recursos.


Por ello, la CNBV recomendó al público en general que, antes de ahorrar o invertir, verifique que la institución financiera cuente con previa autorización, regulación y supervisión de las autoridades financieras.


Y es que en México, las actividades y servicios financieros están reservados a sociedades que obtuvieron autorización de la CNBV, mismas que están reguladas y supervisadas por la entidad y otras autoridades financieras.


La función de la CNBV


La CNBV contribuye, desde el ámbito de su competencia, a procurar la estabilidad y correcto funcionamiento del sistema financiero del país, así como proteger los intereses del público.


La comisión enfatizó que, quien realice actividades y prestación de servicios financieros -sea directa o indirectamente-, considerados como reservados por las leyes federales financieras, requieren de la autorización, registro o concesión gubernamental, según corresponda, para poder ofrecer, promover o prestar sus servicios.


Puntualizó que es ilegal el hecho de ostentarse, promover, ofrecer, o prestar -directa o indirectamente- de cualquier forma, las actividades o servicios financieros reservados previstos en las leyes financieras mexicanas por parte de empresas o entidades que no formen parte del Sistema Financiero y, por lo tanto, al no contar con autorización, registro o concesión para ello, o no estar en proceso para su obtención, están impedidas legalmente para realizar actividades reservadas.


Las personas y/o sociedades que vulneren la regulación, se harán acreedoras a las sanciones que las leyes establecen en la materia.


Puntualizó que la modalidad de Sociedad Anónima S.A.P.I. (Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión de Capital Variable), no otorga la calidad de entidad financiera autorizada o regulada por la CNBV, por lo que dicha modalidad no legitima ofrecer inversiones o servicios financieros.


Ante esto, la CNBV invita al público en general a consultar el padrón de entidades supervisadas y autorizadas para captar, que está a su disposición en la liga https://www.cnbv.gob.mx/Entidades-Autorizadas/Paginas/default.aspx; y a presentar sus quejas o denuncias sobre Entidades No Supervisadas, en el buzón electrónico https://www.cnbv.gob.mx/Paginas/Quejas-y-Denuncias-de-ENS.aspx


Banca21mx@gmail.com

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